Los límites de la renta 2026
* Solo si lo que cobraste del segundo y demás pagadores pasa de 1.500 € en total. Si no, el límite sigue siendo 22.000 €.
Si solo cobraste sueldos, paro o pensiones y no pasas de estas cantidades, no estás obligado a declarar. Son los límites de la renta de 2026, la que se presenta en la primavera de 2027.
| Lo que cobraste en 2026 | No declaras si no pasa de… |
|---|---|
| Sueldo, paro o pensión de un solo pagador | 22.000 € |
| De dos o más pagadores, y del 2.º y siguientes, más de 1.500 € | 15.876 € |
| De dos o más pagadores, y del 2.º y siguientes, 1.500 € o menos | 22.000 € |
| Cobras una pensión compensatoria de tu ex | 15.876 € |
| Un pagador que no tenía que retenerte IRPF (como una familia, por trabajo en el hogar) | 15.876 € |
| Intereses, dividendos y ventas de fondos de inversión (con retención) | 1.600 € |
| Viviendas vacías (rentas imputadas), letras del Tesoro y ayudas públicas | 1.000 € |
Dos pagadores: el caso más frecuente
Tienes dos pagadores si en 2026 cobraste de más de una empresa o entidad: cambiaste de trabajo, cobraste el paro (el SEPE cuenta como pagador), estuviste en un ERTE o cobraste una baja pagada directamente por la mutua o la Seguridad Social.
El que más te pagó es el primero. Por ejemplo: tu empresa, 14.000 €, y el paro, 3.000 €.
Si del segundo y siguientes cobraste 1.500 € o menos, tu límite sigue siendo 22.000 €. En el ejemplo son 3.000 €, así que el límite baja a 15.876 €.
14.000 + 3.000 = 17.000 €, que pasa de 15.876 €: tiene que declarar. Si hubiera cobrado 15.000 € en total, no estaría obligado.
Los pensionistas con dos pensiones mantienen el límite de 22.000 € si la Seguridad Social les aplica la retención conjunta (es lo habitual cuando todas las pensiones son públicas).
Tienes que declarar siempre si…
- Has estado de alta como autónomo en algún momento del año, aunque sea un día.
- Cobras el ingreso mínimo vital (tú y todas las personas de tu unidad de convivencia).
- Has aportado a un plan de pensiones (o a un patrimonio protegido de una persona con discapacidad) y quieres que te reduzca el impuesto.
- Tienes derecho a la deducción por doble imposición internacional (pagaste impuestos en otro país por rentas que también tributan aquí).
- Tienes otros ingresos, como un alquiler o la venta de una vivienda, de acciones o de criptomonedas con ganancias, y todo junto pasa de 1.000 €.
Al revés: si en total no llegas a 1.000 € de ingresos y tus pérdidas son de menos de 500 €, nunca tienes que declarar.
Aunque no estés obligado, te puede convenir
Si te retuvieron IRPF en la nómina y no estás obligado, presentar la declaración puede salirte a devolver: es la única forma de recuperar lo que te retuvieron de más. Pasa a menudo si trabajaste solo una parte del año, si tienes hijos o si pagas alquiler en una comunidad con deducciones. Mira el borrador en la web de la Agencia Tributaria: si sale a devolver, preséntalo; si sale a pagar y no estás obligado, no hace falta.
Para saber cuánto te retienen ahora, usa la calculadora de retención de IRPF o la de sueldo neto.
¿Cuándo se presenta?
La renta de 2026 se presenta en 2027. Normalmente la campaña empieza a principios de abril y termina el 30 de junio. La Agencia Tributaria publica las fechas exactas a principios de año; cuando salgan, las pondremos aquí.