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Jubilación 2027

Edad de jubilación 2027
a los 67, o a los 65 con 38 años y medio cotizados

Respuesta rápidaEn 2027 te jubilas a los 67 años, o a los 65 si tienes al menos 38 años y 6 meses cotizados. Desde 2027 ya no cambia: es la edad definitiva de la reforma de 2011.

Revisado el 5 de noviembre de 2026 · Tania de Azevedo · Cómo calculamos

Edad ordinaria de jubilación por año

La edad sube poco a poco desde 2013 y llega a su punto final en 2027. Depende del año en que te jubiles y de cuánto hayas cotizado:

Año en que te jubilasCon carrera largaSi no
202565 años con 38 años y 3 meses cotizados o más66 años y 8 meses con menos
202665 años con 38 años y 3 meses cotizados o más66 años y 10 meses con menos
2027 en adelante65 años con 38 años y 6 meses cotizados o más67 años con menos

Jubilación anticipada en 2027

TipoEdad más tempranaCotizado mínimo
Voluntaria (porque tú quieres)65 años (63 con 38 años y 6 meses cotizados)35 años
Involuntaria (despido, ERE, cierre)63 años (61 con 38 años y 6 meses cotizados)33 años

La anticipada se puede pedir hasta 2 años antes de tu edad ordinaria si es voluntaria y hasta 4 años antes si es involuntaria, pero la pensión baja con unos coeficientes reductores por cada mes que adelantes (arts. 207 y 208 de la Ley General de la Seguridad Social).

Cuánto cobrarás

Para tener pensión necesitas 15 años cotizados (2 de ellos en los últimos 15). Con 15 años cobras el 50 % de tu base reguladora, y para el 100 % necesitas 37 años cotizados en 2027. Calcula tu caso en la calculadora de jubilación y mira cuánto subirán las pensiones en 2027.

Preguntas frecuentes

A los 67 años, o a los 65 si tienes al menos 38 años y 6 meses cotizados.

A los 66 años y 10 meses, o a los 65 con al menos 38 años y 3 meses cotizados.

Sí, con la jubilación anticipada: en 2027, desde los 63 si es voluntaria y tienes 38 años y 6 meses cotizados, o desde los 61 si es involuntaria (por despido). La pensión baja por cada mes que adelantes.

Es volver a trabajar a tiempo parcial cuando ya cobras la pensión: la pensión se reduce en proporción a la jornada que trabajes y, al dejar el trabajo, se recalcula con lo que hayas cotizado de más.

En 2027, 37 años. Con 15 años (el mínimo) cobras el 50 % de tu base reguladora.

Fuente:

Ley General de la Seguridad Social (art. 205, arts. 207 y 208 y disposición transitoria 7.ª, con el calendario de la Ley 27/2011).