Las reglas de la subida del alquiler
| Si toca actualizar… | Te pueden subir como mucho |
|---|---|
| Desde el 8 de octubre de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2027 | Un 2 %, salvo que pactéis otra cosa. Nada si estás en zona tensionada y pagas más que el precio de referencia. |
| En 2025 y 2026 (hasta el 7 de octubre) | Lo que diga tu contrato (IPC, IRAV o un %), con el IRAV como límite si lo firmaste desde el 26 de mayo de 2023. |
| Si el contrato no dice nada | Nada: sin cláusula de actualización, la renta no sube. |
El tope del 2 % lo puso el Real Decreto-ley 29/2026 (BOE del 7 de octubre de 2026). Está en vigor, pero el Congreso tiene que convalidarlo; si no lo hiciera, volvería a valer el IRAV como límite. Actualizaremos la calculadora en cuanto se vote.
El IRAV mes a mes
El IRAV (Índice de Referencia para la Actualización de Arrendamientos de Vivienda) lo publica el INE cada mes desde 2025. El último es el de septiembre de 2026: 2,54 % (publicado el 14 de octubre de 2026); el siguiente sale a mediados de noviembre de 2026. Con un alquiler de 900 € al mes:
| Mes | IRAV | Subida con 900 € al mes |
|---|---|---|
| Septiembre de 2026 | 2,54 % | +22,86 € |
| Agosto de 2026 | 2,47 % | +22,23 € |
| Julio de 2026 | 2,49 % | +22,41 € |
| Junio de 2026 | 2,44 % | +21,96 € |
| Mayo de 2026 | 2,48 % | +22,32 € |
| Abril de 2026 | 2,40 % | +21,60 € |
| Marzo de 2026 | 2,47 % | +22,23 € |
| Febrero de 2026 | 2,16 % | +19,44 € |
| Enero de 2026 | 2,14 % | +19,26 € |
| Diciembre de 2025 | 2,32 % | +20,88 € |
| Noviembre de 2025 | 2,29 % | +20,61 € |
| Octubre de 2025 | 2,25 % | +20,25 € |
| Septiembre de 2025 | 2,22 % | +19,98 € |
| Agosto de 2025 | 2,19 % | +19,71 € |
| Julio de 2025 | 2,15 % | +19,35 € |
| Junio de 2025 | 2,10 % | +18,90 € |
| Mayo de 2025 | 1,99 % | +17,91 € |
| Abril de 2025 | 2,09 % | +18,81 € |
| Marzo de 2025 | 1,98 % | +17,82 € |
| Febrero de 2025 | 2,08 % | +18,72 € |
| Enero de 2025 | 2,19 % | +19,71 € |
Fuente: INE, serie IRAV (variación anual). Se aplica el último dato publicado en la fecha en que toca actualizar.
Cómo se calcula
Si no dice cómo se actualiza la renta, no te la pueden subir. Si dice «IPC», «IRAV» o un porcentaje, ese es el punto de partida.
Desde el 8/10/2026, el 2 % (si no pactáis otra cosa). Antes, el IRAV en los contratos firmados desde el 26/05/2023.
Con 900 € y un 2 %: 900 × 1,02 = 918,00 € al mes, 18,00 € más.
El casero tiene que avisarte por escrito, y la subida solo se aplica desde que se cumple el año de contrato. Si te la cobra de más, puedes reclamar la diferencia. Para ver cómo va la inflación, mira el IPC actual.