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Modelo gratis

Solicitud de excedencia voluntaria
de 4 meses a 5 años

Para dejar de trabajar un tiempo (entre 4 meses y 5 años) sin perder el vínculo con la empresa.

Revisado el 19 de octubre de 2026 · Tania de Azevedo · Cómo calculamos

Gratis y sin registro. Lo que está en amarillo es lo que tienes que rellenar.

Así es el modelo

[Tu nombre y apellidos]
DNI/NIE: [número]
[Tu dirección]

A la atención de: [Nombre de la empresa]
[Departamento de Recursos Humanos o persona responsable]
[Dirección de la empresa]

[Ciudad], a [fecha]

Asunto: solicitud de excedencia voluntaria

Por medio de la presente, y al amparo del artículo 46.2 del Estatuto de los Trabajadores, teniendo una antigüedad en la empresa superior a un año, le solicito pasar a la situación de excedencia voluntaria durante [número] [meses/años], desde el [fecha de inicio] hasta el [fecha de fin].

Le ruego que me confirmen la concesión por escrito.

Le ruego que me devuelvan una copia firmada de este escrito como acuse de recibo.

Atentamente,
 
[Firma]
[Tu nombre y apellidos]

 
Recibí por la empresa (firma, sello y fecha):
 
______________________________

Cómo rellenarlo

1
Comprueba los requisitos

Necesitas al menos un año de antigüedad. Si ya tuviste una excedencia voluntaria, deben haber pasado 4 años desde que terminó.

2
Elige la duración

Entre 4 meses y 5 años.

3
Pídela por escrito y con tiempo

Mira si tu convenio fija un plazo de preaviso.

4
Para volver, pide el reingreso

Antes de que termine, pide por escrito tu reincorporación (mira el plazo de tu convenio). Tienes un derecho preferente a las vacantes de tu categoría, no a tu mismo puesto.

Casos frecuentes

¿Puedo trabajar en otra empresa durante la excedencia?

En general sí, salvo que tu contrato o tu convenio lo prohíban o que sea competencia directa de tu empresa.

¿Puedo volver antes de que termine?

No tienes derecho a volver antes, salvo que lo pactes con la empresa.

¿Qué pasa si no hay vacante cuando quiero volver?

Tienes que esperar a que haya una de tu categoría o similar. Si la empresa contrata a otra persona para un puesto como el tuyo sin avisarte, puedes reclamar.

Errores frecuentes

  • Confundirla con la excedencia por cuidado de hijos, que sí reserva el puesto el primer año.
  • No pedir el reingreso a tiempo.
  • Pensar que cobrarás algo: durante la excedencia no hay sueldo ni cotización.

Qué dice la ley

Art. 46.2 y 46.5 del Estatuto de los Trabajadores (excedencia voluntaria y derecho preferente al reingreso). Es un modelo orientativo: tu convenio colectivo puede mejorar lo que dice la ley.

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Preguntas frecuentes

Entre 4 meses y 5 años, si tienes al menos un año de antigüedad.

No exactamente. Tienes un derecho preferente a volver cuando haya una vacante de tu categoría o similar.

Si cumples los requisitos (un año de antigüedad y 4 años desde la anterior), es un derecho y no te la pueden negar.

Fuente:

Modelo orientativo redactado por CalculaLoTuyo a partir del texto vigente del Estatuto de los Trabajadores. Revisa siempre tu convenio colectivo.